Licencia o declaración responsable: la diferencia que importa
Con una licencia, el ayuntamiento revisa tu local antes de que abras y no puedes empezar hasta que te la concede. Puede tardar semanas o meses, y mientras tanto pagas el alquiler sin facturar.
Con una declaración responsable, eres tú quien afirma que cumples la normativa. Abres el mismo día en que la presentas y el ayuntamiento comprueba después. Es mucho más rápido, pero la responsabilidad es tuya: si lo declarado no es cierto, te pueden cerrar.
Para la mayoría de comercios pequeños la ley ha elegido la segunda vía. Por eso conviene saber pronto si estás dentro del límite de los 750 m² y si tu epígrafe aparece en el anexo de la Ley 12/2012.
Una compraventa de coches, paso a paso
Si vas a abrir una compraventa con exposición, el recorrido típico es este:
- Exposición y oficina de venta (epígrafe 654.1): declaración responsable si la superficie de exposición y venta no pasa de 750 m².
- Zona de taller o preparación (epígrafe 691.2): fuera del anexo. Necesita su propio permiso municipal y la declaración responsable de taller ante industria de la comunidad autónoma.
- Obras de adaptación: declaración responsable si no necesitan proyecto; licencia de obras si lo necesitan. Más el ICIO.
- Nada en la acera: la exposición termina en el límite de tu parcela.
Cuando tengas el local en marcha, el siguiente trámite de consumo son las hojas de reclamaciones. Y si vas a contratar a alguien para atenderlo, mira cómo contratar a tu primer trabajador: con el primer empleado también tienes que comunicar la apertura del centro de trabajo.